martes, 21 de abril de 2009

NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

MARCO TEORICO

La resolución 2400 de 1979 nos expone las clases de señalización de seguridad que se deben aplicar en cada instalación:
COLOR ROJO: Prohíben un comportamiento susceptible de provocar un peligro son de color
COLOR AZUL:De obligación a un comportamiento determinado.
COLOR AMARILLO:
advierte de un peligro.
COLOR VERDE:De información proporcionan una indicación de seguridad o salvamiento.
Salvamiento: aquella que en caso de peligro indica la salida de emergencia, situación de puesto de socorro.
Señal indicativa, aquella que proporciona información de seguridad distinta a las descritas (prohibición, obligación, advertencia y salvamiento). L as mas comunes son:
No fumar
Peligro de incendios
Materias inflamables
Riesgo eléctrico
Dirección de socorro


NORMAS

La resolución 2400, llamado Estatuto Nacional de Seguridad Industrial relaciona algunas medidas que debemos tener en cuenta:
-Piso: o pavimento constituirá un conjunto homogéneo y liso sin soluciones de continuidad; será de material resistente, antideslizante y en lo posible de fácil limpieza
-Superficie del piso: El área por trabajador no será menor de dos (2) metros cuadrados, con un volumen de aire suficiente para 11,5 metros cúbicos..
-Altura del techo: No se permitirá el trabajo en los locales cuya altura del techo sea menor de tres (3) metros, cualquiera que sea el sistema de cubierta.

-Paredes: serán lisas, protegidas y pintadas en tonos claros, susceptibles de ser lavadas o blanqueadas y serán mantenidas en buen estado de conservación, reparándose tan pronto como se produzca grietas, agujeros o cualquier clase de desperfectos.

-Pasillos: La anchura mínima de los pasillos interiores de los locales de trabajo será de 1.20 metros.




-Distancia entre máquinas: La distancia entre máquinas, aparatos equipos, etc., será la necesaria para que el trabajador pueda realizar su labor sin dificultad e incomodidad, evitando los posibles accidentes por falta de espacio, no será menor en ningún caso, de 0.80 metros.



-Altura mínima para transitar: Todo lugar por donde deben transitar los trabajadores, tendrá una altura mínima de 1.80 metros, entre el piso y el techo. No estoy de acuerdo con esta medida pues actualmente es muy común encontrar personas con estatura superior a esta medida.

-Escaleras: Se procura que sean de materiales incombustibles, espaciosas y seguras, y deberán estar provistas de pasamanos a una altura de 0.90 metros y de barandilla, que evite posibles caídas.


-Trampas y fosos: Deben estar cerrados y tapados, y cuando no, deberán estar provistas de barandillas de 1.10 metros de altura y de rodapié y señales indicadoras del peligro.
Puertas de salida: Los locales de trabajo contarán con un número suficiente de puertas de salida, libres de todo obstáculo, amplias, bien ubicadas y en buenas condiciones de funcionamiento, para facilitar el tránsito en caso de emergencia.

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